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Secretaría de Finanzas

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Marcos Rodríguez
Secretario de Finanzas​

Según el estatuto del SEC son funciones de la Secretaría de Finanzas:

 

  • Dirigir el Departamento de Finanzas, Control de Afiliación y Presupuesto.

  • Tomar las disposiciones necesarias a fin de que la afiliación cotice regularmente.

  • Recaudar fondos provenientes de las cuotas u otros ingresos.

  • Presentar mensualmente a la reunión del Consejo Nacional de Representantes un estado general de caja, detalle de las entradas y gastos realizados.

  • Presentar y exponer semanalmente, en la reunión del Directorio Ejecutivo Nacional, un informe económico, detalle de las entradas y gastos.

  • Responsabilizarse directamente de los depósitos que se efectúen en los Bancos, organismos financieros públicos y privados, así como del fondo de Caja Chica.

  • Confeccionar el balance general y redactar el informe correspondiente de la marcha financiera del Sindicato, los que deberá poner previamente a conocimiento del Consejo Nacional de Representantes, para ser sometido posteriormente a la Asamblea Nacional.

  • Llevar la contabilidad del Sindicato en forma simple y precisa, de modo que permita conocer en cualquier momento el estado real de la misma.

  • Hacer efectiva toda orden de pago o cuenta de gastos autorizados con la firma del Secretario General, o en ausencia de éste por el Presidente.

  • Elaborar el proyecto de presupuesto anual, y someterlo al Consejo Nacional de Representantes para su aprobación y presentación a la Asamblea Nacional.

  • Enviar el Informe Económico al Ministerio de Trabajo.

  • Elaborar los informes económicos que se le soliciten.

  • Distribuir los egresos indicados en el artículo 130 de este Estatuto.

  • Llevar el control de cotizaciones.

  • Llevar el registro de afiliaciones al Sindicato y a la póliza.

  • Redactar y firmar todos los documentos que a su Secretaría correspondan.

  • La o el Secretario de Finanzas deberá contar con una póliza de fidelidad.

  • Elaborar las modificaciones presupuestarias necesarias y presentarlas al Directorio Ejecutivo Nacional para su aprobación.

  • Verificar y controlar la ejecución del presupuesto de las estructuras zonales, de acuerdo con el Reglamento correspondiente.

  • Asesorar a las estructuras zonales en el manejo adecuado de las finanzas.

  • Otras que le designe el Directorio Ejecutivo Nacional.

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